El Manual de Convivencia es una norma jurídica y por ser esta su naturaleza, es de obligatorio cumplimiento para sus destinatarios; es coercible, es decir, existen maneras jurídicas de hacerlo cumplir, incluso forzadamente; debe atenerse, en lo formal y lo sustancial, a las exigencias de la normativa colombiana; su contenido no puede ir en contravía de otras normas de superior jerarquía como la Constitución Política o las leyes que se refieran a la educación y debe difundirse o darse a conocer a la comunidad educativa, lo que de paso facilita apropiarse de sus contenidos y asumirlos como valiosos para la convivencia.
También, como norma jurídica, el Manual de Convivencia debe contar con un espíritu o intención cual es el de regular la convivencia pacífica en la Institución Educativa; es por esto último que cada vez que se vaya a hacer aplicación del Manual de Convivencia debe previamente preguntarse ¿en qué afecta la convivencia la acción u omisión que se está interviniendo?, ¿qué aprendizajes para la convivencia obtiene la comunidad educativa? Desde otras perspectivas, el Manual de Convivencia constituye una herramienta que facilita el prender a vivir juntos: apoya la formación política de los actores escolares en la medida en que se relaciona directamente con la difusión, promoción y garantía de los Derechos Humanos; facilita la construcción de ciudadanía activa, lo que incluye procesos de participación activa en las decisiones escolares y debe dar lugar a la argumentación y la discrepancia; permite generar un entramado de relaciones que construyen al sujeto social y que, con la norma como límite, permite el descentramiento y busca el ejercicio de acciones en favor del colectivo; introduce elementos éticos que permiten ver en el otro un igual a pesar de las diferencias: un igual que merece respeto y reconocimiento; promueve el fortalecimiento de la institucionalidad y, establece pautas claras para la garantía de los Derechos Fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. La actual Ley 1620 de 2013, recaba nuevamente en la importancia del Manual de Convivencia, y brinda la oportunidad para desaprender y usar las experiencias pasadas para realizar un ejercicio de pedagogía constitucional que permita a los actores educativos situarse como sujetos políticos capaces de construir normas que favorezcan su bienestar, de apropiárselas y acatarlas, a fin de dar sentido al encuentro con el otro.
Lo anterior, debido a que en algunos casos, los Manuales de convivencia se han convertido en un factor más de violencias o conflictos en la escuela, desde esta percepción, se puede decir que la comunidad educativa, en general, cuenta con poco acercamiento al concepto de norma jurídica y a las finalidades del Manual de Convivencia; a que existe desconocimiento de sus contenidos, porque no se construyen participativamente; a que las actuaciones de los docentes o directivos a veces se realizan con exclusión de sus prescripciones; a que esta herramienta es mirada, muchas veces, con un enfoque punitivo lo que hace que su aplicación se produzca solo para castigar; a la disparidad de criterios al momento de aplicarlo, que dependen, en algunas veces, del operador de la norma lo cual genera una sensación de injusticia; a la falta de conciencia acerca de su valor para la convivencia pacífica; a que algunos de sus actores no se sienten cobijados por sus prescripciones y por tanto creen que no tienen obligación de cumplirlo.